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Las autoridades de tránsito no deben exigir el certificado de revisión técnico mecánica

Las autoridades tienen que consultar en los registros públicos para la validación de la información.

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Desde hace algún tiempo la certificación técnico mecánica y el SOAT se vienen expidiendo de forma digital, por lo mismo, los datos de ambos documentos están siendo consignados en el Registro Único Nacional de Tránsito, para agilidad en el manejo de la información y facilidad de consulta.

No obstante, desde el 2017, año en que se empezaron a ver las primeras pólizas digitales, se ratificó que el SOAT, según el artículo 131 del CNT, debe ser de obligatorio porte “Multa D2: Conducir sin portar los seguros ordenados por la ley. Además, el vehículo será inmovilizado”, aunque la resolución de 4170 de octubre 5 de 2016, dejó en claro que” se entenderá cumplida con la presentación de la póliza de seguro física o electrónica a la autoridad de tránsito, quien deberá verificar su autenticidad cotejándolo con la información contenida en el RUNT”.

Lo anterior significa que portar el SOAT de forma digital, en el celular por ejemplo, basta para dar cumplimiento a las disposiciones de presentación del seguro obligatorio. Sin embargo, cuando hablamos del certificado expedido por los CDA, la situación cambia gracias a la Ley 2106 de 2019.

En el documento anterior, se hacen modificaciones al artículo 53 del Código Nacional de Tránsito, agregando un parágrafo clave:

“La Autoridad de Tránsito deberá realizar la consulta a través del Registro Único Nacional de Tránsito del cumplimiento de la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes, por lo tanto, no podrá exigir el certificado físico de la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes”

Ahora bien, desde la expedición de la normatividad se daba un tiempo para los cambios, tanto en la ley 769 del 2002, así como de los centros de diagnóstico automotriz, lapso que a la fecha ya se cumplió, por lo mismo, cualquier autoridad de tránsito que detenga un vehículo debe, sí o sí, comparar los datos proporcionados  por el SOAT presentado, así como verificar la presencia de la certificación de gases en la plataforma del RUNT, que a diferencia del primer documento, este no debe ser proporcionada por el usuario.

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No sobra decir que en el futuro se contempla que otros documentos para la conducción de la motocicleta pasen a ser digitales, así como en este momento está sucediendo con la cédula ciudadanía.  El año pasado se  radicó un proyecto de ley que propone la presencia de una licencia de conducción digital con puntos, de forma similar a la usada en gran parte de Europa.

Si desea conocer más sobre el proyecto anterior lo invitamos a leer el resumen y análisis aquí

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Actualidad

¿Tiene modificaciones en su moto? Estas generan multa e inmovilización

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multas por modificaciones en las motos

Si le gusta tener su moto ‘tuneada’, tenga cuidado porque según la ley, hay modificaciones que generan multa e inmovilización.

Según la Resolución 3027 del 2010 en el apartado C28, existen ciertas modificaciones que le puede acarrear un dolor de cabeza.  

Sirenas, luces intermitentes, pitos en área urbana, resonadores, son algunas de las cosas que la ley castiga.

modificaciones en las motos

(Vea, además: Pulsar P150 llega a destronar todas sus competidoras. Miren por qué)

“Hacer uso de sirenas, luces intermitentes, o de alta intensidad y aparatos similares los cuales están reservados a los vehículos de bomberos, ambulancias, recolectores de basura, socorro, emergencia, fuerzas militares, policía y autoridades de tránsito y transporte; el uso de cornetas en el perímetro urbano; el uso e instalación, en cualquier vehículo destinado a la circulación en vías públicas, de toda clase de dispositivos o accesorios diseñados para producir ruido, tales como válvulas, resonadores y pitos adaptados a los sistemas de bajo y de frenos de aire; el uso de resonadores en el escape de gases de cualquier fuente móvil y la circulación de vehículos que no cuenten con sistema de silenciador en correcto estado de funcionamiento” detalla la norma.

modificaciones en las motos

Aunque hay modificaciones expresadas en un solo párrafo, no todas dan inmovilización, por ejemplo, las luces intermitentes no dan para que se lleven la moto a patios, mientras que por los resonadores sí se la pueden llevar.

¿De cuánto es la multa por tener estas modificaciones en la moto?

Este tipo de infracciones genera una multa de $572.600 cada una, así que pilas, porque el proceso para sacar la moto de los patios es un verdadero problema.  

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Actualidad

Semana Santa | 5 consejos si sale de viaje en moto

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viaje en moto

Pilas, se acercan días de descanso y si piensa hacer un viaje en moto, tenga en cuentas estas recomendaciones.

Tras un largo fin de semana por el lunes festivo, muchos ciudadanos tuvieron que regresar a labores el martes y miércoles, para luego disfrutar de días de descanso por Semana Santa.

Y si piensa viajar durante estos días y salir en su moto, tenga presente algunos consejos que le brindamos desde PubliMotos, todo para que su viaje no le dé dolores de cabeza.

viaje en moto

(También: Pulsar P150 llega a destronar todas sus competidoras. Miren por qué)

5 consejos para su viaje en moto

1. Revisión previa de la motocicleta: Antes de emprender el viaje, es crucial realizar una revisión completa de la motocicleta. Esto incluye verificar el nivel de aceite, la presión de los neumáticos, el funcionamiento de las luces y señales, y asegurarse de que la cadena esté bien lubricada y tensa.

2. Equipo de protección personal: El uso de un casco homologado, chaqueta con protecciones, guantes, botas y pantalones adecuados es indispensable para protegerse en caso de accidente. Además, se recomienda utilizar ropa con elementos reflectantes para ser más visible en la carretera, tanto el piloto como pasajero.

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3. Planificación de la ruta: Es importante planificar la ruta con anticipación, teniendo en cuenta las condiciones del clima y el estado de las carreteras. Se debe evitar conducir de noche o en condiciones de baja visibilidad, y es recomendable informar a alguien sobre el itinerario del viaje.

4. Descansos regulares: Durante un viaje largo, es esencial tomar descansos cada dos horas o cada 150 kilómetros para estirar las piernas, hidratarse y descansar. Esto ayuda a mantener la concentración y evitar la fatiga.

5. Conducción defensiva: Mantener una actitud defensiva al conducir es vital. Esto significa estar atento a las acciones de otros conductores, mantener una distancia segura con el vehículo de adelante, y ser cauteloso al adelantar.

Siguiendo estos consejos, los motociclistas pueden disfrutar de un viaje seguro y placentero, minimizando los riesgos en la carretera.

viaje en moto

(No se pierda: Esto es lo más económico en motos para Colombia en pleno 2024)

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Actualidad

Sube el SOAT ¡Y NO SE CONSIGUE! | Superintendencia Financiera de Colombia anunció el nuevo aumento

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SOAT

Si va a comprar una moto nueva, simplemente no se consigue. Si quiere renovar el SOAT, dependiendo de la ciudad, tampoco lo puede adquirir. El tema se ha vuelto incluso una mafia y la Superfinanciera no hace nada, pero sí publica los aumentos.

La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) informó el ajuste en las tarifas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) para el año en curso, basándose en la variación anual de la Unidad de Valor Tributario (UVT), que experimentó un incremento del 10,97%.

Este incremento se debe a las cifras de seguros registradas en el 2023; pasó de 9,2 millones en 2022 a 9,7 millones.

Entre las modificaciones se encuentra un ajuste del 18,4% en algunas categorías tarifarias. Se fundamenta en un análisis minucioso realizado por la SFC, que ha tenido en cuenta el aumento del parque automotor asegurado y el impacto de los descuentos otorgados a vehículos de gas y eléctricos.

(Lea además: Pilas con el bolsillo, esto le puede costar no pagar el SOAT de la moto)

Acá le indicamos cómo quedó el SOAT para las motocicletas

  • Ciclomotor: $111.600
  • Motos de menos de 100 c.c.: $230.200
  • Motos entre 100 y 200 c.c.: $308.500
  • Motos de más de 200 c.c.: $830.100
  • Moto carro, tricimoto y cuadriciclo: $347.700
  • Motocarro de 5 pasajeros: $347.700
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Automóviles y Camiones, así quedaron

  • Camperos y camionetas de menos de 1.500 c.c. y menos de 10 años: $864.500
  • Camperos y camionetas de menos de 1.500 c.c. con 10 o más años: $1.039.300
  • Camperos y camionetas entre 1.500 y 2.500 c.c. y menos de 10 años: $1.032.300
  • Camperos y camionetas entre 1.500 y 2.500 c.c. con 10 o más años: $1.222.900
  • Camperos y camionetas de más de 2.500 c.c. y menos de 10 años: $1.210.900
  • Camperos y camionetas de más de 2.500 c.c. con 10 o más años: $1.389.500
  • Carga o mixto de menos de 5 toneladas: $968.800
  • Carga o mixto entre 5 y 15 toneladas: $1.398.900
  • Carga o mixto de más de 15 toneladas: $1.768.900
  • Oficiales especiales de menos de 1.500 c.c.: $1.090.100
  • Oficiales especiales entre 1.500 y 2.500 c.c.: $1.374.300
  • Oficiales especiales de más de 2.500 c.c.: $1.647.600
  • Vehículos familiares de menos de 1.500 c.c. y menos de 10 años: $487.500
  • Vehículos familiares de menos de 1.500 c.c. con 10 o más años: $646.500
  • Vehículos familiares entre 1.500 y 2.500 c.c. y menos de 10 años: $593.800
  • Vehículos familiares entre 1.500 y 2.500 c.c. con 10 o más años: $738.600
  • Vehículos familiares de más de 2.500 c.c. y menos de 10 años: $693.500
  • Vehículos familiares de más de 2.500 c.c. con 10 o más años: $822.500
  • Vehículos de 6 o más pasajeros de menos de 2.500 c.c. y menos de 10 años: $869.500
  • Vehículos de 6 o más pasajeros de menos de 2.500 c.c. con 10 o más años: $1.109.800
  • Vehículos de 6 o más pasajeros de 2.500 c.c. o más y menos de 10 años: $1.163.900
  • Vehículos de 6 o más pasajeros de 2.500 c.c. o más con 10 o más años: $1.397.700

(De interés: ¿Quiere estrenar moto? La lista de las 10 más económicas aquí)

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Servicio Público también entró en los cambios de precio

  • Autos de negocio de menos de 1.500 c.c. y menos de 10 años: $253.300
  • Autos de negocio de menos de 1.500 c.c. con 10 o más años: $316.200
  • Autos de negocio entre 1.500 y 2.500 c.c. y menos de 10 años: $314.600
  • Autos de negocio entre 1.500 y 2.500 c.c. con 10 o más años: $388.600
  • Autos de negocio de más de 2.500 c.c. y menos de 10 años: $405.600
  • Autos de negocio de más de 2.500 c.c. con 10 o más años: $475.700
  • Buses y busetas urbanos: $605.000
  • Servicio público intermunicipal de menos de 10 pasajeros: $598.200
  • Servicio público intermunicipal de 10 o más pasajeros: $867.500
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